Arzobispo de Udine establece normas estrictas para funerales católicos
– El decreto prohíbe discursos desde el ambón, regula la música y reafirma que las cenizas no pueden dispersarse ni conservarse fuera de cementerios.

Monseñor Riccardo Lamba
(CATOLIN).- El arzobispo de Udine, monseñor Riccardo Lamba, ha promulgado un decreto que regula de forma detallada la celebración de las exequias en toda la archidiócesis italiana, estableciendo normas precisas sobre la liturgia, la participación de los fieles y el tratamiento de las cenizas.
El documento, fechado el 17 de marzo de 2026 (Prot. 0516/Can/26), fue elaborado tras consultar al Consejo Presbiteral y al Colegio de Vicarios Foráneos, y se apoya en una instrucción previa del Oficio Litúrgico Diocesano de 2021. Las disposiciones entraron en vigor el tercer domingo de Pascua.
El decreto subraya que las exequias no son un acto privado, sino «un signo de fe y expresión de la comunión eclesial». Por ello, establece que los familiares deben acudir primero al párroco antes de realizar cualquier otro trámite relacionado con el funeral.
En cuanto a la celebración, se limitan a las formas previstas por el Ritual: la Misa exequial o la Liturgia de la Palabra sin Eucaristía. Si ambas son rechazadas, solo se permite un momento de oración previo al cierre del féretro, que no equivale a un funeral católico.
Uno de los aspectos más concretos es la regulación de los discursos. El decreto permite un saludo final de la familia, pero prohíbe expresamente que se realice desde el ambón, exige que el contenido sea revisado previamente y establece que cualquier intervención de autoridades debe hacerse fuera de la liturgia.
Asimismo, se prohíbe el uso de música o textos ajenos a la fe cristiana dentro del templo. Las fotografías del difunto pueden colocarse, pero en lugares secundarios que no distraigan de la centralidad del altar.
Respecto a la cremación, el arzobispo reafirma la enseñanza de la Iglesia: está permitida, pero las cenizas deben conservarse en cementerios. Queda prohibido guardarlas en domicilios, dispersarlas o convertirlas en objetos conmemorativos.
El decreto también contempla la exclusión del funeral católico en casos donde la cremación haya sido elegida como negación de la fe en la resurrección o cuando se disponga la dispersión de las cenizas con una concepción de la muerte como aniquilación total.
Finalmente, se establece que, en determinados casos, la deposición de la urna puede ser acompañada por un laico autorizado por el obispo, quien deberá recibir formación específica por parte del Oficio Litúrgico Diocesano.

CEO de CATOLIN, Lic. en comunicación por la Universidad Anáhuac Veracruz Campus Xalapa, Mtro. en Mercadotecnia por la Universidad de Xalapa, Fotógrafo y rapero católico.




