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Sale a la luz el documento del cardenal Roche sobre la liturgia tras el Consistorio extraordinario

– El texto defiende Traditionis custodes, vincula la unidad eclesial a una sola lex orandi y relega el Misal de 1962 a una concesión sin proyección estable.

Sale a la luz el documento del cardenal Roche sobre la liturgia tras el Consistorio

Cardenal Arthur Roche

(CATOLIN).- Un documento hasta ahora no divulgado sobre la liturgia, elaborado por el cardenal Arthur Roche, prefecto del Dicasterio para el Culto Divino, ha salido a la luz tras el Consistorio extraordinario celebrado en Roma a comienzos de enero. El texto, fechado el 8 de enero de 2026, confirma que la cuestión de la Misa tradicional estuvo presente en la agenda romana y que en la cúpula vaticana se mantiene una posición firme: la reforma litúrgica posconciliar es considerada irreversible y el Misal de 1962 queda reducido a una excepción tolerada, sin horizonte de estabilidad.

El documento, difundido en versiones en inglés e italiano y publicado por Diana Montagna en Substack, formó parte de los cuatro materiales entregados por escrito a los cardenales para su reflexión, junto con otros textos sobre evangelización, la Curia romana, el sínodo y la sinodalidad. Aunque fue distribuido entre los participantes, no llegó a ser debatido en el pleno del Consistorio.

Estructurado en once puntos, el texto ofrece una radiografía del enfoque que se busca consolidar en la Iglesia en materia litúrgica. Su tesis central identifica la unidad eclesial con la uniformidad ritual y presenta la contestación a la reforma litúrgica como una dificultad de fondo para aceptar el Concilio Vaticano II. En este marco, se sostiene que la liturgia ha estado siempre sujeta a reformas, desde los primeros siglos hasta el siglo XX, con el objetivo de presentar la reforma moderna como un desarrollo orgánico y no como una ruptura.

Uno de los pasajes más relevantes apela a San Pío V y a la bula Quo primum, interpretando la búsqueda de unidad tras el Concilio de Trento como antecedente de la necesidad actual de un único marco ritual. Esta comparación sirve para justificar una política litúrgica que estrecha el espacio de convivencia con la liturgia tradicional y sitúa el debate principalmente en términos de disciplina y obediencia.

El documento recurre también a la noción de Tradición como un “río vivo”, citando a Benedicto XVI, para defender un equilibrio entre conservación y progreso. Sin embargo, en su aplicación concreta, la reforma posconciliar aparece como la expresión auténtica de la Tradición, mientras que el apego a las formas anteriores queda bajo sospecha de inmovilismo.

Al citar al papa Francisco, el texto afirma que “sin reforma litúrgica no hay reforma de la Iglesia”, presentando la liturgia como un elemento central de la renovación eclesial y no solo como un ámbito sacramental. Desde esta perspectiva, Traditionis custodes se plantea como una consecuencia lógica para “restablecer la unidad”, entendida como la existencia de una sola lex orandi para el rito romano, con el Misal reformado como su única expresión normativa.

El documento reconoce que la aplicación de la reforma litúrgica ha encontrado dificultades, pero atribuye el problema principalmente a una deficiente formación, especialmente en los seminarios, sin relacionar la crisis con posibles abusos o con una ruptura en la sensibilidad litúrgica de muchos fieles.

Uno de los puntos más controvertidos es la identificación explícita entre el rechazo de la reforma litúrgica y el rechazo del Concilio Vaticano II, una tesis que el texto vincula a la eclesiología de Lumen gentium. En este contexto, la preferencia por la liturgia tradicional queda planteada como un posible síntoma de resistencia doctrinal o eclesial.

El memorando omite referencias al magisterio de Juan Pablo II y de Benedicto XVI favorable al Misal de 1962, incluyendo afirmaciones como la de Summorum Pontificum, donde se señalaba que dicho Misal “nunca fue abrogado”. Esta ausencia ha sido interpretada como un silencio significativo que contribuye a construir una narrativa en la que las concesiones previas aparecen solo como soluciones pastorales temporales.

Aunque el texto no introduce novedades sustanciales, su publicación confirma el marco desde el cual se gobierna actualmente la liturgia en Roma. La unidad tiende a definirse como uniformidad, mientras que la liturgia tradicional aparece como un problema a contener más que como un patrimonio a custodiar. En este contexto, queda abierta la expectativa sobre cómo el papa León XIV abordará en adelante una cuestión que continúa generando tensiones en la vida de numerosas comunidades y fieles.

Documento completo y traducido

CONSISTORIO EXTRAORDINARIO

(7-8 de enero de 2026)

Liturgia: cuidadosa reflexión teológica, histórica y pastoral “para que se conserve la sana tradición y, sin embargo, quede abierto el camino al progreso legítimo” (SC 23).

LITURGIA

Card. Arthur Roche

1.-En la vida de la Iglesia, la Liturgia siempre ha experimentado reformas. Desde la Didaché a la Traditio Apostolica; del uso del griego al del latín; de los libelli precum a los Sacramentarios y los Ordines; de los Pontificales a las reformas franco-germánicas; de la Liturgia secundum usum romanae curiae a la reforma tridentina; de las reformas parciales post-tridentinas a la reforma general del Concilio Vaticano II. La historia de la Liturgia, podríamos decir, es la historia de su continuo «reformar» en un proceso de desarrollo orgánico.

2.-San Pío V, al afrontar la reforma de los libros litúrgicos en observancia del mandato del Concilio de Trento (cf. Sesión XXV, Decreto General, cap. XXI), se movió por el deseo de preservar la unidad de la Iglesia. La bula Quo primum (14 de julio de 1570), con la que se promulgó el Misal Romano, afirma que “como en la Iglesia de Dios hay una sola manera de recitar los salmos, así conviene que haya un solo rito para celebrar la Misa” (cum unum in Ecclesia Dei psallendi modum, unum Missae celebrandae ritum esse maxime deceat).

3.-La necesidad de reformar la Liturgia está estrictamente ligada al componente ritual, a través del cual — per ritus et preces (SC 48) — participamos en el misterio pascual: el rito está en sí mismo caracterizado por elementos culturales que cambian en el tiempo y en los lugares.

4.- Además, dado que la “Tradición no es la transmisión de cosas o palabras, una colección de cosas muertas” sino “el río vivo que nos une a los orígenes, el río vivo en el que los orígenes están siempre presentes” (BENEDICTO XVI, Audiencia General, 26 de abril de 2006), ciertamente podemos afirmar que la reforma de la Liturgia querida por el Concilio Vaticano II no solo está en plena sintonía con el verdadero sentido de la Tradición, sino que constituye una forma singular de ponerse al servicio de la Tradición, porque esta última es como un gran río que nos conduce a las puertas de la eternidad (ibíd.).

5.- En esta visión dinámica, “mantener la tradición sólida” y “abrir el camino al progreso legítimo” (SC 23) no pueden entenderse como dos acciones separables: sin un “progreso legítimo” la tradición se reduciría a una “colección de cosas muertas” no siempre saludables; sin la “sana tradición” el progreso corre el riesgo de convertirse en una búsqueda patológica de la novedad, que no puede generar vida, como un río cuyo cauce está bloqueado separándolo de sus fuentes.

6.- En el discurso a los participantes en la Plenaria del Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos (8 de febrero de 2024), el Papa Francisco se expresó así:

“A sesenta años de la promulgación de la Sacrosanctum Concilium, las palabras que leemos en su introducción, con las que los Padres declararon el propósito del Concilio, no dejan de entusiasmar. Son objetivos que describen un deseo preciso de reformar la Iglesia en sus dimensiones fundamentales: hacer que la vida cristiana de los fieles crezca cada día más; adaptar mejor a las necesidades de nuestro tiempo las instituciones sujetas a cambio; fomentar todo lo que pueda promover la unión entre todos los que creen en Cristo; fortalecer lo que sirve para llamar a todos al seno de la Iglesia (cf. SC 1). Es una tarea de renovación espiritual, pastoral, ecuménica y misionera. Y para llevarla a cabo, los Padres conciliares sabían por dónde debían empezar, sabían que había razones particularmente urgentes para emprender la reforma y la promoción de la liturgia” (Ibíd.). Es como decir: sin reforma litúrgica, no hay reforma de la Iglesia.

7.- La Reforma litúrgica se elaboró sobre la base de una “investigación teológica, histórica y pastoral precisa” (SC 23). Su alcance era hacer más plena la participación en la celebración del Misterio Pascual para una renovación de la Iglesia, Pueblo de Dios, Cuerpo Místico de Cristo (véase LG capítulos I-II), perfeccionando a los fieles en la unidad con Dios y entre ellos mismos (cf. SC 48). Solo desde la experiencia salvífica de la celebración de la Pascua, la Iglesia redescubre y relanza el mandato misionero del Señor Resucitado (cf. Mt 28, 19-20) y se convierte, en un mundo desgarrado por la discordia, en levadura de unidad.

8.- Debemos reconocer también que la aplicación de la Reforma sufrió y sigue sufriendo una falta de formación, y esta urgencia de abordarla, comenzando por los Seminarios para “dar vida al tipo de formación de los fieles y al ministerio de los pastores que tengan su cumbre y fuente en la liturgia” (Instrucción Inter oecumenici, 26 de septiembre de 1964, 5).

9.- El bien primordial de la unidad de la Iglesia no se logra congelando la división, sino encontrándonos en el compartir lo que no puede sino compartirse, como dijo el Papa Francisco en Desiderio desideravi 61:

“Estamos llamados continuamente a redescubrir la riqueza de los principios generales expuestos en los primeros números de la Sacrosanctum Concilium, comprendiendo el vínculo íntimo entre esta primera de las constituciones del Concilio y todas las demás. Por eso no podemos volver a aquella forma ritual que los padres conciliares, cum Petro et sub Petro, sintieron la necesidad de reformar, aprobando, bajo la guía del Espíritu Santo y siguiendo su conciencia de pastores, los principios de los que nació la reforma. Los santos pontífices San Pablo VI y San Juan Pablo II, al aprobar los libros litúrgicos reformados ex decreto Sacrosancti Oecumenici Concilii Vaticani II, han garantizado la fidelidad de la reforma del Concilio. Por este motivo escribí Traditionis custodes, para que la Iglesia pueda elevar, en la variedad de tantas lenguas, una sola y misma oración capaz de expresar su unidad. [Cf. Pablo VI, Constitución Apostólica Missale Romanum (3 de abril de 1969) en AAS 61 (1969) 222]. Como ya he escrito, pretendo que esta unidad se restablezca en toda la Iglesia de Rito Romano”.

10.- El uso de los libros litúrgicos que el Concilio buscó reformar fue, desde San Juan Pablo II hasta Francisco, una concesión que de ninguna manera preveía su promoción. El Papa Francisco —aun concediendo, de acuerdo con Traditionis Custodes, el uso del Missale Romanum de 1962— señaló el camino hacia la unidad en el uso de los libros litúrgicos promulgados por los santos papas Pablo VI y Juan Pablo II, de acuerdo con los decretos del Concilio Vaticano II, expresión única de la lex orandi del Rito Romano.

11.- El Papa Francisco resumió el tema de la siguiente manera (Desiderio desideravi 31):

“[…] Si la liturgia es ‘la cumbre a la cual tiende la actividad de la Iglesia y, al mismo tiempo, la fuente de donde emana toda su fuerza’ (Sacrosanctum Concilium, n. 10), entonces podemos comprender lo que está en juego en la cuestión litúrgica. Sería trivial leer las tensiones, lamentablemente presentes en torno a la celebración, como una simple divergencia entre diferentes gustos sobre una forma ritual particular. La problemática es principalmente eclesiológica. No veo cómo sea posible decir que se reconoce la validez del Concilio —aunque me asombra que un católico pueda presumir de no hacerlo— y al mismo tiempo no aceptar la reforma litúrgica nacida de la Sacrosanctum Concilium, un documento que expresa la realidad de la Liturgia íntimamente unida a la visión de Iglesia tan admirablemente descrita en la Lumen gentium. […]”.

Roma, 8.01.2026

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